Admiten primera demanda contra algunos apartes del Código de Extinción de Dominio (2:00 p.m.)
96556
22 de Mayo de 2014
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Corte Constitucional admitió una demanda contra el inciso 4º del artículo 91 del Código de Extinción de Dominio (Ley 1708 del 2014), que regula la administración y destinación de divisas incautadas. Para el demandante, esta norma está viciada de inconstitucionalidad porque el proyecto de ley fue radicado por el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, a pesar de que el artículo 154 de la Constitución señala que requieren iniciativa del Gobierno los proyectos de ley relacionados con el Banco de la República y las funciones de su junta directiva. Finalmente, advierte que desconoce la autonomía administrativa y técnica del Emisor al imponerle la obligación de cambiar a pesos colombianos las divisas que sean confiscadas, afectando la liquidez de la economía y el manejo de la política monetaria, en contra de los artículos 113, 136, 150, 371, 372 y 373 de la Constitución (demandante: Luis Giovanny Barbosa Becerra).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!