Minvivienda estableció nuevas prórrogas para licencias urbanísticas
27 de Enero de 2025
El Ministerio de Vivienda implementó modificaciones en las licencias urbanísticas a través de la adición de parágrafos transitorios al Decreto 1077 del 2015. Estas disposiciones permiten que los titulares de licencias urbanísticas vigentes, salvo ciertos casos específicos, puedan solicitar una segunda prórroga de hasta 12 meses adicionales, con fecha límite para su solicitud hasta el 30 de junio del 2026. Para obtener la prórroga, es necesario que los solicitantes presenten su solicitud dentro de los 30 días previos al vencimiento de la primera prórroga.
En cuanto a las revalidaciones urbanísticas se establece que todas las vigentes podrán ser prorrogadas por un año adicional, siempre que la solicitud se presente dentro de los 30 días previos al vencimiento de la primera prórroga. Esta medida se mantendrá hasta el 30 de junio del 2026, lo que otorga un plazo extendido para las revalidaciones de licencias que aún estén vigentes. (Lea: Permisos de construcción de vivienda otorgados por resguardos indígenas deben cumplir parámetros técnicos)
La revalidación de las licencias urbanísticas también se flexibilizó, ya que aquellas cuyo vencimiento ocurra a partir de la entrada en vigencia del decreto y hasta el 30 de junio del 2026 podrán ser revalidadas sin que haya transcurrido más de cuatro meses desde su vencimiento. Esta modificación pretende facilitar la continuidad de los proyectos sin la necesidad de iniciar nuevamente el proceso de licenciamiento.
Con la entrada en vigencia de este decreto, se adicionan nuevos parágrafos transitorios tanto en el artículo 2.2.6.1.2.4.1 como en el 2.2.6.1.2.4.3 del Decreto 1077 del 2015. Estos cambios permiten mayor tiempo para la gestión de las licencias urbanísticas y sus respectivas prórrogas, buscando optimizar los procesos administrativos y el desarrollo de proyectos.
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.
Paute en Ámbito Jurídico
Siga nuestro canal en WhatsApp.
Opina, Comenta