Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Explican cómo se determina la congruencia del fallo arbitral (10:52 a.m.)

124657

15 de Julio de 2016

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Según explicó la Sección Tercera del Consejo de Estado, la congruencia del fallo se determina como lo exige el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, a partir de las pretensiones, la causa petendi, las excepciones y lo probado en el proceso. De ese modo, la causal prevista en el numeral 9º del artículo 41 de la Ley 1563 del 2012, para alegar la nulidad del laudo arbitral por considerar que recae sobre aspectos no sujetos a la decisión de los árbitros, o concede más de lo pedido o no decide cuestiones sujetas al arbitramento, se configura cuando los árbitros no se pronuncian con sujeción a la litis sometida a su consideración, por  ser extra, mínima o citra petita, respecto de las pretensiones, excepciones procesales y demás aspectos de la relación procesal. Esta causal, concluye el alto tribunal,  demanda un análisis comparativo entre el laudo, los hechos, las pretensiones aducidas en la demanda y las excepciones que aparezcan probadas y hubieren sido alegadas (C. P. Stella Conto).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)