Accionistas que ejercieron cargos directivos no pueden votar balances de fin de ejercicio (4:34 p.m.)
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24 de Noviembre de 2011
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Teniendo en cuenta que para aprobar los balances de fin de ejercicio es necesario separar a aquellos accionistas que por haber ejercido cargos directivos no pueden votar, si resulta que solo un socio está habilitado, la decisión necesariamente la tendría que adoptar este, sin perjuicio de la responsabilidad que por dolo o culpa causen los administradores a la sociedad, socios o terceros, señaló la Superintendencia de Sociedades. En todo caso, si el único socio habilitado es un suplente de la junta directiva, el balance se entenderá aprobado con su decisión, quien no podrá votar en representación de los administradores, pues incurriría en la prohibición prevista por el artículo 185 del Código de Comercio.
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