Acciones de una sociedad por acciones simplificada no se pueden ofertar a través de medios masivos (10:33 a.m.)
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29 de Diciembre de 2014
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Teniendo en cuenta que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 1258 del 2008, las acciones y demás valores que emita la sociedad por acciones simplificada no pueden inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) ni negociarse en bolsa, no es posible anunciar en este caso la oferta de acciones a través de medios masivos de publicidad, como es el caso de un periódico o una valla publicitaria, indicó la Superintendencia de Sociedades. Según el artículo 1.1.2.1 de la Resolución 400 de 1995, las entidades que deseen realizar la oferta pública de sus valores o que los mismos se negocien en un sistema de negociación deben inscribirse junto con la emisión o emisiones en el registro mencionado, recordó.
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