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Actualizado hace 8 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Unifican jurisprudencia sobre factor de liquidación de prestaciones sociales de los empleados DAS

05 de Septiembre de 2022

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Nota:
149287

La Sección Segunda del Consejo de Estado unificó jurisprudencia para precisar que de conformidad con lo dispuesto por los decretos 1137 y 2646 de 1994 la prima de riesgo no es factor salarial para liquidar prestaciones sociales diferentes a la pensión en favor de los servidores que se desempeñaron en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) hasta su supresión, ordenada por el Decreto 4057 del 2011.

Dicho valor constituye factor salarial para todos los efectos legales a partir de la incorporación de los servidores del DAS a otras entidades u organismos receptores, como consecuencia de lo previsto por el artículo 7 del Decreto 4057.

Adicionalmente, advirtió que estas consideraciones constituyen precedente vinculante en los términos del artículo 10 de la Ley 1437 del 2011 para todos los casos en discusión, tanto en vía administrativa como judicial, toda vez que los efectos de la sentencia son retrospectivos.

Por lo anterior, todos los casos respecto de los cuales ya ha operado la cosa juzgada, en virtud del principio de seguridad jurídica, resultan inmodificables.

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