Trabajador despedido injustamente puede obtener resarcimiento de daños morales (11:44 a.m.)
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02 de Febrero de 2015
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Aun cuando el Código Sustantivo del Trabajo prevé una indemnización ante la terminación unilateral del contrato sin justa causa, en los términos del artículo 64, solo comprende el lucro cesante y el daño emergente, sentenció la Corte Suprema de Justicia. Según el alto tribunal, esto significa que es posible que se resarza el daño moral cuando quiera que se pruebe que este se configuró ante una actuación reprochable del empleador, que tenía por objeto lesionarlo, o que le originó un grave detrimento no patrimonial. Así las cosas, precisó que corresponde al trabajador demostrar que el despido realizado de manera injusta y arbitraria trajo consigo el menoscabo de aspectos emocionales de su vida tanto en lo íntimo como en lo familiar o social, mientras que el juzgador debe valorar los medios probatorios utilizados para definir el dolor, la decepción, la tristeza, la impotencia y demás componentes propios del fuero interno del individuo, como quiera que el daño moral está sujeto a al arbitrio judicial (M. P. Elsy del Pilar Cuello Calderón).
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