Superfinanciera asigna funciones sobre el régimen sancionatorio
Se refiere a las declaraciones y las liquidaciones que trata el numeral 5º del artículo 208 del Estatuto Orgánico de Sistema Financiero.04 de Octubre de 2023
La Superintendencia Financiera asignó una función en materia de régimen sancionatorio administrativo aplicable a las entidades vigiladas.
Los superintendentes delegados para conglomerados financieros, para seguros, para intermediarios de valores, para fiduciarias y para pensiones deberán certificar la firmeza de las declaraciones y las liquidaciones de las que trata el numeral 5º del artículo 208 del Estatuto Orgánico de Sistema Financiero.
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