Si no hay acuerdo entre los reclamantes, empleador puede oponerse al pago de prestaciones del trabajador fallecido (3:10 p.m.)
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28 de Noviembre de 2014
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Si se presentan varias personas a reclamar el pago de las prestaciones sociales del trabajador fallecido y el empleador considera que les asiste el mismo derecho, a falta de convención o acuerdo entre ellas, puede oponerse al pago hasta que la justicia ordinaria decida, precisó el Ministerio del Trabajo. Según lo previsto en el artículo 293 del Código Sustantivo del Trabajo, son beneficiarios forzosos el cónyuge, los hijos legítimos y naturales y los padres legítimos y naturales del trabajador fallecido. Si no concurre ninguno de estos, el pago se realizará al beneficiario o beneficiarios que el trabajador haya designado o, en su defecto, a quien probare que dependía económicamente de aquel.
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