Se pierden derechos de carrera administrativa si en comisión se acepta otro cargo sin autorización del nominador
Esa es la consecuencia de asumir irregularmente otro cargo de libre nombramiento y remoción.
26 de Julio de 2023
La Sección Segunda del Consejo de Estado declaró la nulidad de la vacancia del empleo de un fiscal por falsa motivación e indicó que no se puede declarar vacancia por abandono respecto de un cargo que está en vacancia temporal por comisión para ejercer empleo de libre nombramiento y remoción cuyo plazo no fue revocado.
Para la Sala, se configura la causal de abandono del cargo si existe una ausencia del trabajo sin justificación válida; en el presente asunto, en el momento en que se declaró no se había consolidado tal dejación del servicio; por el contrario, el actor continuó al servicio del Estado bajo la situación administrativa de comisión en la entidad, en un cargo de libre nombramiento y remoción y en el tiempo que ya se le había autorizado.
Por otro lado, como restablecimiento del derecho, el demandante había solicitado el reintegro al cargo que ocupaba de fiscal; sin embargo, para la alta corte esas pretensiones no prosperan porque el actor aceptó en el plazo en que se encontraba en comisión otro cargo de libre nombramiento y remoción sin autorización del nominador.
De tal manera que mientras se disfruta del beneficio de la comisión de servicios para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción no es correcto aceptar otro empleo de la misma categoría sin que medie autorización del nominador, pues ello implica la pérdida de los derechos de carrera (C. P.: Carmelo Perdomo Cuéter).
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