Reiteran que se deben tener estudios técnicos para suprimir cargos en entidades públicas (8:25 a.m.)
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30 de Octubre de 2012
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Para modificar la planta de personal de cualquier entidad pública, se debe contar con los estudios técnicos que la justifiquen, los cuales tienen que estar basados en metodologías de diseño organizacional y ocupacional, según lo dispuesto en el artículo 154 del Decreto 1572 de 1998. Así lo reiteró la Sección Segunda del Consejo de Estado, al explicar que este proceso es la garantía de los derechos del personal cesante, en los casos en que prima el interés general. Así mismo, la corporación precisó que con ese requisito se resarce el perjuicio causado al empleado inscrito en la carrera administrativa (C.P. Víctor Hernando Alvarado).
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