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Reiteran que el 40% de pagos no constitutivos de salario de que trata la Ley 1393 del 2010 aplica sobre el total de lo que percibe el trabajador (4:23 p.m.)

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07 de Junio de 2011

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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 1393 del 2010, según el cual los pagos laborales no constitutivos de salario de los trabajadores particulares no pueden ser superiores al 40% del total de la remuneración, corresponde al empleador, al momento de efectuar la liquidación y el pago de aportes a seguridad social verificar dicho tope, según la definición que de los pagos no laborales establece el artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo. Así las cosas, si un trabajador devenga un salario mensual de $1.000.000, más $800.000 como pago no constitutivo de salario, es decir $1.800.000 en total, el 40% aplicado a la remuneración es de $720.000, por lo que el valor superior al 40% es de $80.000 y el ingreso base de cotización de de $1.080.000.

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