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Noticias / Laboral


Procuraduría establece nuevas obligaciones para fortalecer la meritocracia

06 de Septiembre de 2022

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Conozca cuánto se pagará en el 2022 por participar en los procesos de selección de la CNSC (CNSC)

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Directiva 15, implementó nuevas obligaciones a diferentes entidades públicas relacionadas con el fortalecimiento de la meritocracia, el empleo y la función pública en Colombia.

La disposición va dirigida a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), al Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), los representantes legales de las entidades públicas del orden nacional y territorial y sus entes descentralizados, entre otras entidades públicas, y exhorta al cumplimiento de diferentes obligaciones para fortalecer del empleo público. (Lea: Publican resultados de la Convocatoria 27)

De acuerdo con la disposición, estas son algunas de las obligaciones que se deberán cumplir:

  • Obligaciones de las entidades relacionadas con los procesos de selección que realiza la CNSC
  • Reportar y actualizar la información de la Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC) en el aplicativo, en los plazos establecidos, de acuerdo con las vacantes que estén vigentes.
  • Coadyuvar efectiva y oportunamente en la planeación de los concursos de méritos con la CNSC.
  • Desarrollar la etapa de planeación de los procesos de selección de manera célere y eficiente, y evitar dilaciones injustificadas.
  • Llevar a cabo los concursos cuando cumplan los requisitos para ello. En firme las listas de elegibles, la entidad debe efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito. (Lea: Deben nombrar a quien ganó concurso de méritos, aunque el empleo esté ocupado por un prepensionado)
  • Recordar a las entidades que actualizar los manuales específicos de funciones y competencias laborales no es una causal para no reportar oportunamente la OPEC a la CNSC.
  • Obligaciones de las entidades encargadas de la aplicación de normas de carrera administrativa
  • Elaborar los sistemas propios de evaluación de desempeño y efectuar las evaluaciones anuales y parciales de los servidores públicos de carrera en los plazos, términos, condiciones y aplicativos que defina la CNSC.
  • Adelantar con celeridad los trámites ante el registro público de carrera, inscripciones, actualizaciones y cancelaciones, en cumplimiento de las normas vigentes.

Conozca las demás obligaciones establecidas por el órgano de control en el documento adjunto a esta nota.

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