12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 12 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


Precisan cuándo procede reconocer la mesada catorce

25 de Agosto de 2022

Reproducir
Nota:
148607

La Sección Segunda del Consejo de Estado determinó que las personas a quienes se les causó la pensión a partir del 25 de julio del 2005 (fecha en la cual empezó a regir el Acto legislativo 01 de ese mismo año), ya no tendrían derecho al reconocimiento de la mesada catorce por expresa prohibición constitucional, a menos que adquirieran el derecho a la pensión antes del 31 de julio del 2011 y su mesada fuese igual o inferior a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En el caso bajo estudio se evidenció, a partir de los documentos allegados al expediente, que el demandante consolidó su derecho a recibir la pensión de vejez antes de la entrada en vigor del Acto Legislativo 01/05; por tanto, es acreedor del pago de 14 mesadas pensionales al año.

Al indicarse que el actor es beneficiario de la mesada, el paso a seguir era establecer si le era más beneficioso en términos económicos recibir una mesada adicional al año o conservar la del 78,11 % de la Ley 797 del 2003. 

Cuando se realizó una comparación de las normas aplicadas al caso concreto, se llegó a la conclusión que le era más favorable al actor recibir una mesada adicional anualmente, por lo que se accedió a sus pretensiones (C. P.: Carmelo Perdomo Cuéter).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)