11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Modifican acuerdo relacionado con vinculación de servidores a la JEP

01 de Febrero de 2024

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Nota:
170596

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) publicó un acuerdo que adiciona un parágrafo al artículo 28 del Acuerdo 4 del 2022, que fue adicionado por el artículo 1 del Acuerdo 29 del 2023, el cual quedará así:

Artículo 28. Formas de vinculación: los servidores de la JEP se vinculan a través de elección o nombramiento.

Lo servidores de período se vinculan a través de la elección o designación para el respectivo periodo. Así mismo, los servidores de libre nombramiento y remoción se vinculan a través de nombramiento ordinario y los servidores provisionales se vinculan a través de nombramiento provisional. (Lea: Establecen estructura organizacional y fijan planta de personal de la JEP)

Además, la norma estable que “el personal supernumerario se vincula por un término específico, en un empleo en vacancia temporal generada por la situación administrativa de licencia de maternidad o paternidad de la servidora o servidor titular, respectivamente, a través de una resolución motivada, en la cual se establece la fecha de inicio y finalización de esta”, expresa el documento. (Lea: Modifican funciones y competencias para algunos empleos de la JEP).

Los magistrados suplentes se vincularán a la JEP a través de nombramiento provisional para cubrir una vacancia temporal del magistrado titular y por el término de duración de las situaciones administrativas.

“La vinculación genera los mismos derechos y deberes laborales que tiene un servidor de la planta permanente de la JEP, sin que esto implique la permanencia en el cargo más allá de la duración de la situación administrativa que da lugar a la vinculación.”, se lee en la norma.

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