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Medicamentos de marca no serán objeto de recobro ante el Fosyga (5:00 p.m.)

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20 de Octubre de 2011

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Bajo la premisa de que los planes obligatorios de salud (POS) de los regímenes contributivo y subsidiado señalan los medicamentos a los que tienen derecho los afiliados al sistema de salud, independiente de su forma de comercialización, el Ministerio de la Protección Social acaba de precisar que los productos de marca incluidos en tales planes de beneficios no son objeto de reconocimiento y pago por el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga). De esta forma, se introduce una nueva reforma a la Resolución 3099 del 2008, que contempla los requisitos para el reconocimiento y el pago de recobros de medicamentos, prestaciones y tratamientos no POS, con cargo a los recursos del Fosyga, autorizados por los comités técnico-científicos u ordenados por fallos de tutela. Hasta el próximo 31 de enero, no se aplicarán las causales de inconsistencia a las solicitudes de recobro previstas en el artículo 16A de la citada norma, modificada por la Resolución 2064 del pasado 2 de junio, agrega la nueva disposición.

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