Trabajadores con preexistencias deben ser priorizados en turnos o formas de organización del trabajo
17 de Marzo de 2021
De acuerdo con la normativa emitida tanto por el Ministerio de Salud como por el Ministerio del Trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por la propagación del coronavirus (covid-19), el empleador puede optar por trabajo en casa o, en caso de que la labor no pueda desarrollarse en forma remota, por trabajo presencial.
Según la Circular 30, del 8 de mayo del 2020, del Ministerio de Salud, las personas de cualquier edad, incluidas las de 60 años o más, que presenten comorbilidades preexistentes tienen mayor riesgo de enfermarse, por lo que deben ser priorizadas para realizar sus actividades laborales de manera remota o a distancia o para ser objeto de las alternativas a que se refiere la Circular 33 del 2020 del Ministerio del Trabajo.
Por lo tanto, señaló el Ministerio del Trabajo, es necesario priorizar a los trabajadores con preexistencias en los turnos o en cualquier otra forma de organización del trabajo, de manera que tengan un menor riesgo de contacto con otras personas y se cumplan todos los protocolos de bioseguridad determinados por el Gobierno Nacional.
Dichos protocolos, implementados por empleadores o contratistas, se deben fundamentar en tres pilares: prevención, contención y mitigación. Todas las medidas se deben soportar en la correcta trazabilidad de la información de los intervinientes, el aislamiento social organizado para el desarrollo de actividades y las medidas de protección.
Cabe agregar que el artículo 10 del Decreto 206, del pasado 26 de febrero, por el cual se amplió el aislamiento selectivo hasta el 1 de junio del 2021, dispone que durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria las entidades públicas y privadas procurarán que sus empleados o contratistas cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo desarrollen las funciones y obligaciones bajo las modalidades de teletrabajo, trabajo remoto y trabajo en casa u otras similares.
Mintrabajo, Concepto 72125, Dic. 4/20.
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