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Solo la errada valoración del documento auténtico, confesión o inspección judicial puede debatirse en casación (11:01 a.m.)

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09 de Marzo de 2011

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La Corte Suprema de Justicia recordó que en casación no puede traerse la prueba testimonial, pues, según el artículo 7° de la Ley 16 de 1969, el error de hecho por falta de apreciación o errada valoración solo puede recaer sobre documento auténtico, confesión o inspección judicial. De esta forma, la Sala Laboral acogió los argumentos del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para declarar justo el despido de una profesional de la salud que incurrió en irregularidades en el manejo de un banco de sangre (M.P. Jorge Mauricio Burgos Ruiz).

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