Sobre el vacío normativo relacionado con la indexación del ingreso base de liquidación de una pensión gracia
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19 de Junio de 2020
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Un providencia del Consejo de Estado concluye que ante el vacío normativo existente en relación con la indexación del ingreso base de liquidación de una pensión gracia se ha establecido de forma pacífica que la pérdida del poder adquisitivo de la moneda y el fenómeno inflacionario son hechos notorios que el servidor no está obligado a soportar. Por eso tiene derecho a que su prestación sea indexada con el fin de no ver trasgredidos sus derechos fundamentales y, como consecuencia, debe darse aplicación a la fórmula adoptada por cada una de ellas para que la pensión garantice su poder adquisitivo (C. P. Roberto Augusto Serrato).
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