Reglamentan la reforma al Código de Minas (5:00 p.m.)
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21 de Mayo de 2010
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El Ministerio de Minas y Energía reglamentó los artículos 2°, 18 y 29 de la Ley 1382 del pasado 9 de febrero (reforma al Código de Minas), relacionados con la facultad de esta cartera para delimitar áreas especiales donde exista potencial minero importante, los requisitos técnicos y de capacidad económica exigibles a los proponentes de contratos de concesión y el porcentaje mínimo de trabajadores oriundos de la respectiva región que deberán contratarse en los proyectos mineros. Para este último tema, la autoridad minera delegada evaluará, entre otros criterios, la etapa del proyecto (exploración, construcción y montaje y explotación), los requerimientos tecnológicos del proyecto, la disponibilidad de personal en la región y su capacitación, señala el reglamento.
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