Recuerdan los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes según la redacción original de la Ley 100 de 1993 (12:07 p.m.)
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18 de Agosto de 2010
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La Corte Suprema de Justicia recordó que, según la redacción original del artículo 46 de la Ley 100 de 1993, para acceder a la pensión de sobrevivientes del causante afiliado y cotizante solo era necesario acreditar que cotizó 26 semanas al momento de la muerte, las cuales podían haberse pagado en cualquier tiempo, incluso antes de la vigencia de la Ley 100. La otra posibilidad se presentaba cuando el afiliado no estaba cotizando al sistema, en cuyo caso debía demostrarse que cotizó 26 semanas dentro del año inmediatamente anterior a su fallecimiento (M.P. Gustavo José Gnecco Mendoza).
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