Por obsolescencia o nulidad de normas de orden territorial, asuntos laborales deben resolverse con normas nacionales, en algunos casos (9:47 a.m.)
11 de Marzo de 2010
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Nota:
65148
Algunas normas de orden departamental y municipal que regulan asuntos laborales han sido declaradas nulas o simplemente han caído en la obsolescencia, por lo que es necesario, en algunos casos y ante el vacío jurídico, aplicar normas reguladoras del orden nacional, consideró el Consejo de Estado. En el caso bajo análisis, en el que se estudió el trabajo en días dominicales y festivos de aquellos trabajadores que ejercen labores de celaduría en el orden departamental y municipal, la corporación señaló como aplicable el artículo 39 del Decreto 1042 de 1978, por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional. Según esta disposición, el reconocimiento de trabajo que se cumple ordinariamente en dominicales y festivos comprende el doble del valor de un día de trabajo por cada dominical o festivo y el disfrute de un día de descanso, sin perjuicio de la remuneración ordinaria a que tenga derecho el trabajador por laboral el mes completo (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).
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