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No se le puede exigir al empleador que verifique la autenticidad de los soportes de retiro parcial de cesantías

Sí se podría sancionar la autorización del retiro sin solicitar la presentación de los documentos que acrediten el uso de los recursos.
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Explican la mera tenencia de la cosa cuando hay entrega anticipada (Freepik)

17 de Julio de 2023

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Cuando el contrato de trabajo está vigente, el trabajador puede retirar parcialmente las cesantías, entre otros casos, para financiar vivienda, bien sea para la compra de vivienda nueva o usada o para construcción o mejoramiento, eventos en los cuales debe soportar que el retiro sea destinado para estas causas.

Ahora bien, indicó el Ministerio del Trabajo, la ley establece que el empleador debe verificar el destino que hace el trabajador de las cesantías que se le pagan parcialmente, so pena de sanciones, pero esta responsabilidad debe entenderse siempre en el marco de la racionalidad.

Por lo tanto, una vez el trabajador solicita el pago parcial de cesantías o el retiro de las que tiene consignadas en el fondo, la norma impone al empleador el deber de verificar y vigilar su destino, para lo cual el trabajador debe presentar los respectivos documentos correspondientes a la compra, remodelación o levantamiento de gravamen.

Si bien el trabajador debe presentar al empleador las pruebas sobre la utilización de las cesantías (promesa de compraventa, contrato de obra civil, cotización de materiales de construcción, recibos de la deuda hipotecaria o prueba de embargo), al empleador no se le puede exigir verificar la autenticidad de las mismas, pues se presume la buena fe del trabajador.

Así mismo, precisó la entidad, no se le puede sancionar por no verificar la utilización de las cesantías por parte del trabajador, solo se le podría sancionar, en los términos del artículo 254 del Código Sustantivo del Trabajo, si hace pagos parciales o autoriza el retiro de cesantías sin haber presentado antes los documentos que le permitan concluir que serán invertidos en la causa invocada. Tampoco se puede sancionar al trabajador que dio una destinación distinta a sus cesantías.

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