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No es procedente aplicar el principio de condición más beneficiosa cuando el afiliado fallece en vigencia de la Ley 797 (9:10 a.m.)

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09 de Noviembre de 2011

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La Corte Suprema de Justicia reiteró que el principio de condición más beneficiosa no puede aplicarse para reconocer la pensión de sobrevivientes cuando la muerte del afiliado acontece en vigencia del artículo 12 de la Ley 797 del 2003. La Corte recordó que este principio se ha aplicado en materia pensional para aquellas personas que cumplieron un nivel elevado de cotizaciones cuando entró en vigencia el Sistema General de Pensiones, porque se consideró que la Ley 100 de 1993 traía una exigencia menor en el número de cotizaciones respecto de la legislación anterior. Sin embargo, esta situación no ocurre con la Ley 797, pues la Ley 100 exige niveles de cotizaciones bajos para acceder a la pensión de sobrevivientes frente a los más rigurosos establecidos en la nueva disposición (M.P. Jorge Mauricio Burgos Ruiz).

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