Niegan tutela que pretendía unificación jurisprudencial sobre los factores salariales de la base de liquidación pensional (12:20 p.m.)
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03 de Octubre de 2011
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La Sección Cuarta del Consejo de Estado negó la tutela interpuesta por Cajanal frente a un fallo de la Sección Segunda, en el que se señaló que el listado que establece la Ley 62 de 1985 (régimen anterior a la Ley 100 de 1993) de los factores que conforman la base de liquidación pensional es enunciativo, no taxativo. Esta posición está inserta en la que ya había establecido la corporación sobre la no aplicación del inciso 3° del artículo 36 de la Ley 100, por desnaturalizar la esencia y finalidad del régimen de transición. Vale la pena mencionar que el presidente Juan Manuel Santos ha manifestado su preocupación por las decisiones judiciales que han prolongado el régimen anterior en ciertos regímenes especiales y que se extenderían a todos los servidores públicos. También, la Procuraduría General de la Nación ha pedido revisar las normas que regulan el régimen de transición, para respetar los derechos adquiridos, evitar el detrimento del patrimonio público y el creciente número de procesos sobre la materia.
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