Niegan nulidad de la norma reglamentaria que asimila pensionado y afiliado para el reconocimiento del auxilio funerario (4:46 p.m.)
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29 de Junio de 2011
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El Consejo de Estado negó la nulidad del artículo 18 del Decreto 1889 de 1994, en el que se asimilan los conceptos de afiliado y pensionado para el reconocimiento del auxilio funerario. Según el alto tribunal, la norma precisa quiénes son destinatarios de la prestación, dado que refiere las mismas categorías señaladas en los artículos 51 y 86 de la Ley 100 de 1993, que es la norma que reglamenta. Aunque se diga en la disposición que el pensionado es la persona a favor de quien se hicieron las cotizaciones que dieron lugar a la pensión, ello no puede interpretarse como una exclusión del afiliado o como la limitación del auxilio a las cotizaciones de quien se encuentre pensionado. Por estas razones, el consejo concluyó que el Gobierno no excedió la potestad reglamentaria (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).
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