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Más de $ 190 millones deberá pagar empresa por muerte de empleado mientras tercero hacía reparaciones en la compañía

El empleado recibió una descarga eléctrica mientras ayudaba al contratista.
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Más de $ 190 millones deberá pagar empresa por muerte de empleado mientras tercero hacía reparaciones en la compañía (Freepik)

11 de Marzo de 2024

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La Sala de Descongestión Número Cuatro de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a una empresa a pagar más de $ 190 millones a los familiares de un empleado que murió en un accidente laboral en donde se acreditó la culpa patronal.

El día del accidente, el encargado de la obra estaba manipulando manualmente una teja de gran tamaño, incluso superior a su altura, mientras el empleado fallecido estaba adelantando sus funciones como cortador de telas.

Ante la dificultad del contratista para estabilizar la teja, dos personas, entre ellas el empleado que falleció, se acercaron a auxiliarlo sin percatarse que hizo contacto con un cable de alta tensión.

Frente al argumento de la empresa según el cual el accidente fue por un hecho exclusivo de la víctima, la Sala lo desacreditó por cuanto solo podría quebrantar el nexo causal si el empleador hubiera probado que el suceso se presentó de no haber concurrido su omisión de ejercer los controles pertinentes para realizar las reformas.

La actitud del empleado fue de colaboración y socorro, por eso se desplazó a tratar de impedir un daño de mayor envergadura, situación que de ninguna manera puede censurarse, salvo que este hubiera recibido la capacitación o la instrucción puntual de no hacerlo, lo cual no se probó.

Así las cosas, la empresa permitió que los arreglos a las instalaciones del lugar se hicieran en horas laborales y en presencia de los trabajadores, lo que refleja que en efecto no se tomaron las precauciones del caso para proteger y asegurar al personal, de suerte que se configuró una conducta culposa en el accidente que sufrió el empleado (M. P.: Ana María Muñoz Segura).

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