La prima de vacaciones corresponde a 15 días de salario por el correspondiente año de servicio cumplido
25 de Abril de 2024
Las vacaciones son un descanso obligatorio remunerado a cargo del empleador con el propósito de cubrir el riesgo que conlleva el desgaste natural derivado de la prestación de servicios por un lapso considerable de tiempo, de tal forma que el empleado renueve la fuerza y la dedicación para el desarrollo de su actividad laboral.
Las vacaciones, entendidas como un derecho que se perfecciona a través del descanso remunerado, obedece a la necesidad de que las personas alivien el desgaste natural que produce el trabajo y se relaciona también con los espacios mínimos que se deben reservar al servidor para sus propias expectativas de vida y las actividades que le permitan su libre desarrollo personal.
De acuerdo con el Decreto 1045 de 1978, por el cual se fijan las reglas generales para la aplicación de las normas sobre prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales del sector nacional, las vacaciones se tienen como una situación administrativa que ocurre durante la vigencia de la relación legal y reglamentaria consiste en el reconocimiento de 15 días hábiles de vacaciones por cada año de servicios.
En línea con lo anterior, la prima de vacaciones es una prestación de carácter económico que se paga para que el trabajador tenga un ingreso adicional para el disfrute de su periodo de vacaciones (C. P.: Juan Enrique Bedoya Escobar).
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites
Siga nuestro canal Legis Ámbito Jurídico en WhatsApp.
Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.
Opina, Comenta