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Laboral


Jueces pueden decretar prueba pericial para establecer pensión de invalidez en la fuerza pública

El juez cuenta con la posibilidad de decretar pruebas de oficio, entre ellas la pericial, siempre que las considere necesarias para el esclarecimiento de la verdad dentro del proceso.
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09 de Diciembre de 2016

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Una sentencia reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado empezó diciendo que, en virtud del artículo 169 del Código Contencioso Administrativo, Decreto 01 de 1984, el juez cuenta con la posibilidad de decretar pruebas de oficio, entre ellas la pericial, siempre que las considere necesarias para el esclarecimiento de la verdad dentro del proceso.

 

Lo anterior con el fin de precisar que esta misma corporación judicial  ha admitido la posibilidad del decreto y práctica de la prueba pericial como medio de prueba para establecer la pérdida de la capacidad sicofísica de los miembros de la fuerza pública que reclaman prestaciones sociales con ocasión de un estado de invalidez ( C.P. César Palomino Cortés).

 

Consejo de Estado Sección Segunda, Sentencia 25000232500020120111201 (08562014), 10/28/16

                

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