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Laboral


Gobierno debe incluir a mujeres campesinas en sistema de riesgos laborales

El Ministerio del Trabajo tiene la obligación de implementar mecanismos para lograr la afiliación del mayor número de personas al sistema.
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21 de Febrero de 2013

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Diez años después de la promulgación de la Ley 731 del 2002, el Consejo de Estado le ordenó al Ministerio del Trabajo incluir a las mujeres campesinas sin vínculo laboral en el sistema de riesgos laborales, como lo prevé esa normativa.

 

Además, el alto tribunal exigió realizar las campañas pedagógicas en materia de salud que señala la ley, con el fin de mejorar la calidad de estas mujeres.

 

La Sección Quinta precisó que el ministerio debe implementar mecanismos para lograr la afiliación del mayor número de personas al sistema, en especial cuando se trata de minorías que requieren especial protección por parte del Estado.

 

Así mismo, destacó el carácter injustificado de la mora en el cumplimiento de esta obligación y recordó que se debe atender lo dispuesto por el artículo 14, que prevé la afiliación como si se tratara de trabajadoras independientes.

 

Cabe recordar que, en julio pasado, el presidente Juan Manuel Santos  sancionó la Ley 1562, que amplía y moderniza el sistema de riesgos laborales, conocido anteriormente como sistema de riesgos profesionales.

 

La norma considera accidente de trabajo cualquier suceso que, por razones laborales, produzca una lesión orgánica, perturbación funcional o psiquiátrica, invalidez o la muerte.

 

(Consejo de Estado, Sección Quinta, Sentencia 25000232400020120065001 (ACU), nov. 22/12, C. P. Mauricio Torres)

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