Esto precisa la Adres sobre la radicación de cuentas por concepto de servicios y tecnologías en salud no financiadas con la UPC
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18 de Noviembre de 2020
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La Adres informó a las entidades interesadas en radicar cuentas por concepto de servicios y tecnologías no financiados con la UPC, prestados a los afiliados del régimen contributivo y subsidiado, que el cronograma previsto en la Circular 047 del 2020 para el mes de diciembre se modifica, tal como se presenta en la Circular 056. En la ventana que se habilitará, entre el 21 y el 28 de diciembre de este año, no habrá diferenciación entre primer y segundo segmento; las entidades recobrantes interesadas deberán presentar la totalidad de las cuentas bajo las condiciones del segundo segmento, es decir, deberán aportar los soportes documentales previstos en el capítulo 6º del Manual operativo y de auditoría.
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