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Esta es la clasificación única de procedimientos en salud (11:35 a.m.)

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07 de Diciembre de 2015

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El Ministerio de Salud adoptó la clasificación única de procedimientos en salud (CUPS), en los anexos técnicos 1 “manual de uso” y 2 “lista tabular”. Igualmente, definió los mecanismos para su actualización periódica y estableció la obligatoriedad de su aplicación en todo el territorio nacional. Esta clasificación corresponde a un ordena­miento lógico y detallado de los procedimientos y servicios en salud que se realizan en el país, identificados por un código y una descripción validada por los expertos, independien­temente de la profesión o disciplina del sector salud que los realice, así como del ámbito de utilización de los mismos. De acuerdo con el ministerio, la utilización adecuada de esta clasificación será de ayuda para estandarizar los datos que consolidan el sistema integral de información, proveer un lenguaje homogéneo entre los diferentes integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), y del Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI), facilitando tanto la definición de planes de beneficios y sus alcances, como el monitoreo del desempeño del sector bajo parámetros de comparabilidad. La nomenclatura, descripción o denominación del procedimiento debe ser expresada en lengua castellana y en “mayúsculas” según convenciones de la lista tabular Cups, sin perjuicio de la utilización de tecnicismos cuya traducción pueda alterar el significado del procedimiento. Esta norma surtirá efectos desde el 1° de enero del 2016, momento a partir del cual se deroga la Resolución 365 de 1999, modificada por las resoluciones 2333 del 2000, 1896 del 2001, 3772 del 2004, 3199 del 2005, 446 y 4905 del 2006.

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