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EPS no pueden exigir copia de la historia clínica para tramitar incapacidades o licencias

La situación se puede informar a la Supersalud, para efectos de que investigue y aplique las sanciones a que haya lugar.
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07 de Mayo de 2018

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Una empresa del sector público o privado, en desarrollo de la obligación prevista en el artículo 1214 del Decreto 19 del 2012, no puede solicitar copia de la historia clínica ni pretender acceder a su contenido, pues se trata de un documento reservado.

 

Además, indicó el Ministerio de Salud, no se ha previsto legalmente que el empleador tenga acceso. Por lo tanto, para efectos de tramitar incapacidades o licencias, no es viable que las EPS exijan a los empleadores y estos a sus trabajadores copia de la historia clínica o epicrisis.

 

Si una EPS lo exige, tanto el trabajador como el empleador pueden informar la situación a la Superintendencia de Salud, para que esta revise el caso particular y, en el marco del Decreto 2462 del 2013, efectúe la investigación y aplique las sanciones a que haya lugar.

 

De otra parte, la entidad recordó que la epicrisis es el resumen de datos e información del paciente que ha recibido servicios de urgencia con observación o de hospitalización, por lo que se constituye como parte integral de la historia clínica.

 

Minsalud, Concepto 201811600449451, Abril 19/18

 

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