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En materia laboral, pruebas decretadas en primera y valoradas en segunda instancia no son extemporáneas (4:07 p.m.)

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10 de Junio de 2016

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Tanto el juez de primera como de segunda instancia en materia laboral deben procurar hacer uso de las pruebas oficiosas cuando busquen salvaguardar garantías fundamentales, como la pensión, en estos eventos, los funcionarios deben emplear todos los medios para su concreción y para que no se vulneren ni pongan en peligro, como lo exige la Constitución. Así lo aseguró la Corte Suprema de Justicia al decidir un recurso de casación presentado por el Instituto de Seguro Sociales contra una sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, frente un proceso para adquirir la pensión de sobrevivientes. La Sala Laboral, en esta providencia, reiteró que el hecho de incorporar pruebas documentales solicitadas y decretadas en la oportunidad legal, después de haber proferido la decisión el juez de primera instancia, no priva al funcionario de segundo grado de analizarla y valorarla, conforme lo establece el artículo 84 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. Igualmente, el alto tribunal aseguró que estas pruebas no son extemporáneas y gozan de plena validez probatoria, por lo que es procedente que se aprecie y se valore al proferir sentencia de segunda instancia (M. P.: Gerardo Botero Zuluaga).

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