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Laboral


Empresas privadas pueden aplicar el polígrafo a trabajadores

La práctica de dicha prueba sin el consentimiento del empleado podría desconocer su derecho a la dignidad personal.
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19 de Octubre de 2012

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Si bien ninguna norma autoriza a los empleadores para realizarles la prueba del polígrafo a sus trabajadores, tampoco hay una que lo prohíba expresamente. Por lo tanto, las empresas privadas pueden emplear esa técnica, siempre y cuando respeten derechos como la dignidad humana, la intimidad personal y la libertad de conciencia, precisó el Ministerio de Trabajo.

 

Ante la falta de regulación, la entidad señaló que, de acuerdo al artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, es obligación del empleador guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, a sus creencias y a sus sentimientos.

 

Por eso, advirtió que la práctica de dicha prueba sin el consentimiento del trabajador podría desconocer su derecho a la dignidad personal. “Para la aplicación del examen psicofisiológico de polígrafo deberá existir autorización escrita, previa y voluntaria del examinado”, señaló el Ministerio.

 

Actualmente, las empresas de servicios de vigilancia y seguridad privada y la DIAN aplican el polígrafo en los procesos de selección de personal y en la provisión de empleos de libre nombramiento y remoción, respectivamente.

 

(Ministerio de Trabajo, Concepto 116144, oct. 18/12)

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