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Laboral


Despido del trabajador con incapacidad de más de 180 días requiere permiso

Si no se cumple este requisito, el despido será ineficaz, no producirá efectos y deberá entenderse que la relación laboral siguió vigente.
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16 de Mayo de 2013

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Para terminar el contrato laboral del trabajador con incapacidad de origen común de más de 180 días, el empleador debe solicitar permiso al Ministerio del Trabajo, con los documentos que soporten esa actuación.

 

Si no se cumple este requisito, el despido será ineficaz, no producirá efectos y deberá entenderse que la relación laboral siguió vigente, así como las obligaciones salariales, prestacionales y de seguridad social. Lo anterior, sin perjuicio de las indemnizaciones a que haya lugar.

 

Así lo señaló el Ministerio del Trabajo,  al recordar que la estabilidad reforzada o protección laboral especial fue contemplada por el legislador para aquellos trabajadores con alguna limitación o discapacidad que sean despedidos en virtud de su situación.

 

La entidad advirtió que en ningún caso la limitación de una persona podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos de que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar.

 

(Ministerio del Trabajo, Concepto 9649, ene. 23/13)

 

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