Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


¿Cuáles son los regímenes de cesantías para servidores públicos del nivel territorial? (8:45 a.m.)

58162

13 de Octubre de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que en el régimen anualizado de cesantías se prevé una sanción para el empleador que consigne fuera de los términos legales al trabajador en el fondo que este escoja, como lo dispone el numeral 3 del artículo 99 de la Ley 50 de 1990. Así mismo, existen tres sistemas diferentes de cesantías para los servidores públicos del nivel territorial: (i) sistema retroactivo, donde las cesantías se liquidan con base en el último sueldo devengado, sin lugar a intereses, aplicable a los servidores públicos vinculados antes del 30 de diciembre de 1996; (ii) de liquidación definitiva anual y manejo e inversión a través de fondos de cesantías, el cual incluye el pago de intereses al trabajador por parte del empleador y cobija a las personas vinculadas a partir del 31 de diciembre de 1996 y, por último, (iii) el Sistema del Fondo Nacional de Ahorro, el cual rige para los servidores que a él se afilien y contempla la liquidación anual de cesantías, pago de intereses por parte del Fondo, protección contra la pérdida del valor adquisitivo de la moneda y, además, contribuye a la solución del problema de vivienda y educación, precisó la alta corporación (M. P. César Palomino Cortés).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)