Corte Suprema explica cuándo los trabajadores tienen derecho a que dos horas de la jornada sean dedicadas a actividades recreativas (11:45 a.m.)
03 de Junio de 2011
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El artículo 21 de la Ley 50 de 1990 establece que en las empresas con más de 50 trabajadores que laboran 48 horas a la semana, estos tienen derecho a que dos horas de esa jornada sean dedicadas exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación. La Corte Suprema de Justicia recordó que para tener ese derecho lo que exige la norma es que el empleador haya establecido una jornada de 48 horas semanales, sin que interese si efectivamente se laboran o no, por culpa o disposición de la empresa. La corte reiteró que la única interrupción deducible de la jornada del trabajo es aquella que separa las dos secciones de trabajo diario, como lo establece el artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo. Por tanto, no se pueden deducir, salvo acuerdo en contrario, el lapso ocupado para otros descansos, dado que en estos espacios de tiempo se está a disposición de los requerimientos del empleador (M.P. Gustavo José Gnecco Mendoza).
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