Consejo de Estado aclara cuál es el régimen de transición de los detectives del DAS (9:13 a.m.)
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18 de Febrero de 2010
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El artículo 140 de la Ley 100 de 1993 ordenó la expedición de un régimen pensional especial dirigido a los servidores públicos que laboren en actividades de alto riesgo, recordó el Consejo de Estado. En desarrollo de este mandato, el Decreto 1835 de 1994 estableció el régimen de transición especial para los detectives del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), según el cual se aplicarían las normas favorables vigentes con anterioridad a la Ley 100. La corporación aclaró que esta remisión lleva a la aplicación de los Decretos 1933 de 1989 y 1047 de 1978, regímenes especiales para los detectives del DAS anteriores a la ley mencionada. Según esta normativa, el único requisito para la pensión de jubilación del personal de detectives de dicho departamento en sus distintos grados y denominaciones es el cumplimiento de 20 años de servicios, sin importar la edad (C.P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).
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