Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Laboral


ARP debe pagar intereses de mora, si no reconoce las prestaciones económicas en el término legal

La ARP debe pagar un interés moratorio igual al que rige para el impuesto de renta y complementarios, en proporción a la duración de la mora.
28789

19 de Abril de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Las administradoras de riesgos profesionales (ARP) deben reconocerles y pagarles las prestaciones económicas a sus afiliados, en caso de enfermedad profesional o accidente de trabajo, dentro de los dos meses siguientes a la fecha en la cual se alleguen o acrediten los requisitos exigidos para su reconocimiento.

 

El Ministerio de la Protección Social recordó que cuando ese término se vence sin que se efectúe el pago, la ARP debe reconocer y pagar, además de la prestación, un interés moratorio igual al que rige para el impuesto de renta y complementarios, en proporción a la duración de la mora.

 

Además, precisó que las ARP que dilaten injustificadamente el pago de las prestaciones por enfermedad o accidente de trabajo pueden ser sancionadas por la Superintendencia Financiera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 91 del Decreto 1295 de 1994.

           
(Minprotección., Cpto. 29845, feb. 4/11)

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)