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Laboral


ARL deberán implementar mecanismo de compensación económico

Si transcurrido el plazo fijado las entidades no han presentado el mecanismo a los ministerios del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público, estos podrán definirlo.
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15 de Agosto de 2014

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El Ministerio del Trabajo, mediante el Decreto 1442 del pasado 31 de julio, estableció la obligación de implementar un mecanismo de compensación económica para garantizar el equilibrio financiero entre todas las administradoras de riesgos laborales (ARL) y distribuir de manera equitativa los costos generados por los riesgos de mayor incidencia.

 

La medida busca que dicho esquema general y único, que deberán suscribir todas las ARL en el término de cuatro meses, para su revisión y eventuales observaciones, impida la selección adversa por clase de riesgo, actividad económica, número de trabajadores o accidentalidad laboral, ya que su incumplimiento acarreará, además, las sanciones previstas en el Decreto 1295 de 1994.   

 

Si transcurrido dicho plazo las entidades no han presentado el mecanismo a los ministerios del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público, estos podrán definirlo.

 

Así mismo, se podrán realizar ajustes periódicos, especialmente cuando se presenten cambios en las condiciones en materia de cotizaciones en el Sistema General de Riesgos Laborales, originadas en variaciones en tasa o reclasificación de actividades económicas, entre otras.

 

La Superintendencia Financiera se encargará de la vigilancia y control de todos los aspectos relacionados con el registro y control de estos recursos.

 

(Ministerio del Trabajo, Decreto 1442, jul. 31/14)

 

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