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Laboral


¿Árbitros pueden imponer al empleador la concesión de permisos sindicales remunerados?

18 de Septiembre de 2017

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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia precisó que los árbitros pueden imponerle al empleador la concesión de permisos remunerados a los miembros de las organizaciones sindicales para atender las responsabilidades inherentes a la ejecución del derecho de asociación y libertad sindical, siempre y cuando la decisión resulte razonable y proporcionada. (Lea: Es ilegal el laudo que reduce la participación de miembros del sindicato en procedimientos disciplinarios)

 

De igual forma, afirmó que el tribunal de arbitramento debe tener en cuenta varios aspectos, entre otros que cada caso en particular deberá examinarse, que es necesario que su concesión no afecte el normal desarrollo de las actividades de la empresa y que no sea de carácter permanente.

 

Además de ello, es necesaria una plena justificación, que sea solo para atender las responsabilidades que se desprenden del derecho fundamental de asociación y libertad sindical y que esa decisión resista un juicio de razonabilidad y proporcionalidad.

 

Igualmente, advirtió que los laudos arbitrales tienen efectos hacia el futuro y solo eventualmente, y con el ánimo de corregir algún desequilibrio económico, los árbitros pueden otorgarles un efecto retrospectivo a sus disposiciones salariales (M. P. Fernando Castillo Cadena).

 

Cambios de posición de la Corte

 

Es oportuno recordar que en la Sentencia SL-70782016 (67699), de mayo del 2016, la Corte Suprema manifestó que el empleador no estaba obligado a conceder a sus trabajadores licencias o permisos para actividades sindicales de carácter permanente que lo sustrajeran absolutamente del cumplimiento de su jornada de trabajo, sino aquellas que fueran indispensables para el cumplimiento de sus funciones. (Lea: Árbitros no están facultados para conceder permisos sindicales permanentes)

 

En ese momento, el alto tribunal anuló una cláusula proferida por un tribunal de arbitramento para la concesión de permisos sindicales, argumentando que contrariaba los derechos del empleador de administrar los recursos humanos y materiales con los que cuenta para la realización de sus propósitos sociales, afectando la efectiva y real prestación del servicio.

 

Posteriormente, mediante la sentencia SL-125062016 (62865), la Corte rectificó su criterio en el sentido de indicar que los árbitros pueden imponerle al empleador la concesión de dichos permisos.

 

CSJ Sala Laboral, Sentencia SL-77792017 (76223), 31/05/2017

 

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