22 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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10 ventajas de la reforma pensional para Mintrabajo

19 de Abril de 2024

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10 ventajas de la reforma pensional para Mintrabajo (Mintrabajo)

En el marco del segundo debate al proyecto de reforma pensional (P. L. 293/23S) que se adelanta en la plenaria del Senado de la República, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, expuso las 10 ventajas que traería la aprobación de la iniciativa impulsada por el Gobierno Nacional.

  1. Se construye un único sistema integral de protección a la vejez, cuyo administrador será Colpensiones. Se establece una rectoría robusta del sistema con un mecanismo de monitoreo permanente que permita evaluar los parámetros y recomendar periódicamente al Ejecutivo y al Congreso ajustes. (Lea: REFORMA PENSIONAL: 58 artículos aprobados, quedan 36 artículos por votar)
  1. Resuelve el problema que existe de competencia entre dos regímenes pensionales, lo que ha generado desequilibrio en el sistema, pues concede mesadas pensionales muy diferentes para personas con las mismas condiciones de cotización y de edad. Adicionalmente, los fondos privados, que reciben mayoritariamente los recursos de las cotizaciones, no están pensionando y el régimen público es quien está asumiendo el pago de las pensiones, cumpliendo con su objeto social, pero sin los ingresos suficientes por cotizaciones. Esta última situación ha llevado a un desequilibrio financiero que ha obligado a la Nación a hacer un gasto adicional.
  1. El proyecto de reforma pensional además resuelve el problema de los grandes subsidios a las altas pensiones en el sistema público (Colpensiones), al limitar el subsidio para todos los que cotizan sobre más de 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
  1. Incrementa la cobertura en protección real a la vejez, a través de tres mecanismos: renta solidaria, renta vitalicia y pensión. Principalmente, el mecanismo de la prestación anticipada optimiza la cobertura pensional. En el primer año de la reforma se pasa de una cobertura del 24 % al 53,73 % (4’662.000 personas aproximadamente) y al 2052 una cobertura del 87 % (más de 13 millones 700.000 personas mayores).
  1. Elimina la pobreza extrema en la población mayor en Colombia. La renta solidaria corresponde al valor por debajo del cual se considera en pobreza. 2 millones 600 mil adultos mayores serán beneficiarios.
  1. La iniciativa de ley amplía un 22 % la probabilidad de que una mujer en Colombia logre la pensión. Reconoce la dedicación de la mujer al cuidado de los hijos, acoge las sentencias de la Corte Constitucional, tiene enfoque de género y elimina las diferencias que existen hoy en las mesadas entre hombres y mujeres en los fondos privados. Da un mayor subsidio a la mujer (30 %) en la construcción de una renta vitalicia en caso de no lograr una pensión.
  1. Con el umbral dispuesto en la reforma, es decir, 2,3 SMMLV, se contribuye a la sostenibilidad del sistema pensional, que hoy no existe.
  1. Garantiza la solidaridad para todos, la universalidad y la eficiencia, principios del artículo 48 de la Constitución Nacional, los cuales hoy no se están cumpliendo.
  1. Fortalece e incentiva el ahorro individual pensional. Todo colombiano logrará cobertura de algún tipo en función de su ahorro y los más vulnerables tendrán un mayor apoyo del Estado.
  1. El proyecto de ley protege el ahorro pensional ya existente y construye nuevo ahorro. Se frena la caída del ahorro que hoy existe en el Fondo de Ahorro Individual debido a los traslados masivos de los fondos privados hacía Colpensiones. La totalidad del mismo seguirá administrada por los fondos privados. Se construye un nuevo ahorro colectivo público (Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, artículo 24), que será la garantía de la pensión de los que hoy son jóvenes.

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