¿La no utilización del precedente judicial configura causal específica de procedencia de tutela contra providencias?
31 de Agosto de 2021
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia explicó la postura desarrollada sobre el criterio frente a la buena fe del empleador cuando subsisten contratos de trabajo por prestación de servicios, pero en realidad se desarrolló uno de trabajo.
De igual forma, precisó que la no utilización del precedente judicial, como el anterior, da lugar o configura una causal específica de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, por lo que es necesario indicar, conforme a lo establecido en los artículos 234, 237 y 241 de la Constitución Política, que este alto tribunal de justicia tiene el deber de unificar la jurisprudencia.
Así las cosas, con relación al desconocimiento del precedente judicial, explicó que, si bien es cierto el juez puede apartarse del mismo, para ello este fallador debe efectuar una argumentación suficiente de las razones de su disentimiento, para que, de esa manera, no lleve a la existencia de un defecto sustantivo en una decisión judicial.
Lo anterior, en la medida en que el respeto al precedente es un deber de todas las autoridades judiciales, dada su fuerza persuasiva, casi vinculante y su relación con la protección de los derechos al debido proceso e igualdad (Lea: Esta es la carga mínima para invocar el desconocimiento de un precedente jurisprudencial).
Conozca más detalles y el desarrollo del caso concreto en texto adjunto a esta nota (M. P. Fernando Castillo Cadena).
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