Imparten instrucciones a EPS sobre carnetización de personas en situación de discapacidad (2:55 p.m.)
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10 de Octubre de 2017
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La Superintendencia de Salud impartió instrucciones a las entidades administradoras de planes de beneficios (EAPB) sobre el deber de expedir carné o documento en el que se registre la condición de las personas en situación de discapacidad física, mental, cognitiva, auditiva, visual y múltiple. Así, indica que la EPS debe consignar en dicho documento tal condición en los términos previstos, en caso de no ser así, o que no expida la identificación, deberá entregarle un documento equivalente sin ningún costo, el cual deberá contar con el aval del médico tratante adscrito a la entidad. En el carné deberá constar la discapacidad del usuario de acuerdo con lo consignado en la historia clínica y en los respectivos diagnósticos. Por lo anterior, la superintendencia enumera los requisitos que debe cumplir el documento. Por último, la superintendencia advierte que el incumplimiento de las directrices acarreará sanciones.
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