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Noticias / Laboral


Fondos privados de pensiones deberán invertir al menos 3 % de sus recursos en proyectos productivos colombianos

06 de Agosto de 2021

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Nota:
130089

El presidente Duque sancionó ayer una ley que obliga a los fondos privados de pensiones a invertir al menos un 3 % de sus recursos en empresas nacionales o proyectos productivos en Colombia.

La norma modifica el artículo 100 de la Ley 100 de 1993, referente a la inversión de recursos dentro del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), y tiene como objetivo “fortalecer el emprendimiento y el escalamiento del tejido empresarial del país”. (Lea: El sector financiero en la recuperación económica)

Explícitamente, la ley consagra que el porcentaje mínimo del 3 % deberá invertirse «en Fondos de Capital Privado y/o deuda privada, incluidos los fondos que invierten en fondos de capital privado y/o deuda privada, conocidos como "fondos de fondos"».

Sin embargo, la norma también excluye del cálculo de dicho porcentaje a “las inversiones a las empresas extractivas del sector minero energético y a las vinculadas económicamente a las administradoras del [RAIS] o pertenecientes a grupos empresariales o conglomerados financieros de estas instituciones, salvo que se trate de fondos de capital privado y/o deuda privada que destinen al menos dos terceras partes de los aportes de sus inversionistas a proyectos de infraestructura, ya sea bajo el esquema de APP descrito en la Ley 1508 del 2012 y/o bajo las condiciones que determine el Gobierno Nacional para las nuevas generaciones y proyectos de infraestructura”. (Lea: Si afiliado al fondo privado no escogió modalidad pensional puede pasarse al fondo público)

El límite del 50 % en inversiones en títulos de deuda pública de la norma original se mantiene intacto.

La entrada en operación de la nueva disposición se hará de manera gradual, teniendo en cuenta que la ley le da dos años a los fondos de pensiones para lograr el porcentaje mínimo de inversión establecido. (Lea: Terminación con justa causa por la obtención de la pensión de vejez y su trato discriminatorio bajo el RAIS)

Finalmente, la ley estableció la obligación de certificar y reportar trimestralmente información ante la Superfinanciera, para las administradoras de los fondos de capital privado y/o deuda privada así como para los gestores profesionales de dichos fondos.

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