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Mintrabajo estableció unidad de valor básico para sanciones y multas

01 de Noviembre de 2024

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Supersociedades imparte instrucciones para poner en marcha programas de transparencia y ética empresarial (Freepik)

El Ministerio del Trabajo definió la equivalencia entre el salario mínimo mensual legal vigente (SMLMV) y la unidad de valor básico (UVB) para la imposición de sanciones y multas. Esta medida busca simplificar y actualizar el proceso de cálculo de las sanciones, alineándolo con la nueva normativa que regula la UVB.  La norma también derogaría la Resolución 4277 del 2021, marcando un cambio significativo en la legislación laboral.

En este sentido, la presente norma establece que todas las multas y sanciones impuestas por el Ministerio del Trabajo deberán ser calculadas en términos de UVB. Esto representa un cambio significativo, ya que anteriormente se utilizaba el SMLMV como base para estos cálculos.  (Lea: Gobierno impulsará formalización laboral en universidades estatales)

Además, la normativa establece que el incremento o actualización anual de las multas y sanciones está vinculada al valor de la UVB fijado por el Gobierno nacional. Esto significa que, a partir del presente año, las sanciones se ajustarán automáticamente con el valor de la UVB, lo que facilita la gestión y el cumplimiento de las normativas laborales.

Es importante destacar que, esta norma también incluye disposiciones sobre la aproximación de valores en caso de que el cálculo no resulte en un número entero. Esto asegura que las cifras sean claras y comprensibles, evitando confusiones en la aplicación de las sanciones. Sin embargo, se aclara que esta normativa no se aplicará a tributos ni a asuntos aduaneros o de fiscalización cambiaria.

Cabe recordar que la Unidad de Valor Básico (UVB) fue creada por la Ley 2294 del 2023 y se ajustará anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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