Excepción en la reducción de presupuesto de publicidad por motivos de interés público en salud no aplica para difundir leyes relacionadas (1:11 p.m.)
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27 de Octubre de 2011
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La excepción prevista en el parágrafo 2 del artículo 10 de la Ley 1474 del 2011 (Estatuto Anticorrupción), sobre la reducción en el presupuesto de publicidad o difusión de campañas institucionales, solo aplica cuando existen motivos de interés público en salud. Por lo tanto, no es aplicable para la difusión de leyes en salud, prevención de rabia o vacunación o de enfermedades que pueden presentarse por la ola invernal, como dengue, cólera y leptospirosis. Así lo precisó el Ministerio de la Protección Social, en oficio de agosto.
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