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Estos requisitos deberán cumplir los fabricantes de antisépticos y desinfectantes de uso externo

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30 de Marzo de 2020

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El Ministerio de Salud, mediante Resolución 520, del 28 de marzo, estableció los requisitos sanitarios que deben ser tenidos en cuenta para la fabricación de antisépticos y desinfectantes de uso externo categorizados como medicamentos, para el uso durante la emergencia sanitaria del virus coronavirus (covid-19). Así, de acuerdo con la norma, (i) se debe presentar la solicitud de acuerdo con el formato establecido por el Invima; (ii) contar con autorización vigente otorgada por esta entidad para la fabricación de bebidas alcohólicas, productos fitoterapéuticos o cosméticos, en la línea de fabricación de líquidos o semisólidos, según corresponda; (iii) tener la fórmula cualicuantitativa del producto a fabricar y (iv) un boceto de etiquetas de envase y empaque (cuando aplique), con información relacionada con ingredientes activos, concentración, forma farmacéutica y vía de administración. 

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