Empresas que contraten a privados de la libertad obtendrán beneficios económicos
Con el sello "Segunda Oportunidad" se identificarán las empresas que incorporen dentro de su planta laboral a por lo menos un trabajador que haya sido privado de su libertad.
19 de Mayo de 2022
Con el objetivo de crear mayores oportunidades de acceso al mercado laboral para la población pospenada, o que se encuentre cumpliendo pena con permiso de trabajo, libertad condicional o suspensión provisional con autorización de trabajo, la Ley 2208/22 estableció que las empresas que contraten este talento humano tendrán beneficios tributarios, económicos y otros que impacten positivamente su estructura de costos.
Dichas compañías serán identificadas por el Ministerio del Trabajo con el sello “Segunda Oportunidad”, cuando incorporen dentro de su planta laboral a por lo menos un trabajador que haya sido privado de su libertad.
Cuando la nueva contratación de trabajadores de esta población represente el 1 % de la nómina actual, la empresa pagará el 80 % del valor total de los aportes parafiscales de dichos empleados en el primer año gravable, y el 90 % del segundo año.
Si representa el 5 % de la nómina, la empresa pagará el 60 % del valor total de los aportes y el 80 % en el segundo año.
El beneficio regirá para empresas que puedan certificar una planta de 100 empleados o más.
Cabe mencionar que en caso de reincidencia en la comisión de un delito, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal, la persona no podrá volver a acceder a estos beneficios.
Finalmente, el Ministerio de Justicia formulará una política de casas de acogimiento y apoyo de reincorporación.
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