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Empresas que contraten a privados de la libertad obtendrán beneficios económicos

Con el sello "Segunda Oportunidad" se identificarán las empresas que incorporen dentro de su planta laboral a por lo menos un trabajador que haya sido privado de su libertad.
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19 de Mayo de 2022

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Con el objetivo de crear mayores oportunidades de acceso al mercado laboral para la población pospenada, o que se encuentre cumpliendo pena con permiso de trabajo, libertad condicional o suspensión provisional con autorización de trabajo, la Ley 2208/22 estableció que las empresas que contraten este talento humano tendrán beneficios tributarios, económicos y otros que impacten positivamente su estructura de costos.

Dichas compañías serán identificadas por el Ministerio del Trabajo con el sello “Segunda Oportunidad”, cuando incorporen dentro de su planta laboral a por lo menos un trabajador que haya sido privado de su libertad.

Cuando la nueva contratación de trabajadores de esta población represente el 1 % de la nómina actual, la empresa pagará el 80 % del valor total de los aportes parafiscales de dichos empleados en el primer año gravable, y el 90 % del segundo año.

Si representa el 5 % de la nómina, la empresa pagará el 60 % del valor total de los aportes y el  80 % en el segundo año.

El beneficio regirá para empresas que puedan certificar una planta de 100 empleados o más.

Cabe mencionar que en caso de reincidencia en la comisión de un delito, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal, la persona no podrá volver a acceder a estos beneficios.

Finalmente, el Ministerio de Justicia formulará una política de casas de acogimiento y apoyo de reincorporación.

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